11 Abril, 2016


¿Es más necesaria la madre que el padre?


La custodia compartida persigue que los dos progenitores disfruten de la compañía de sus hijos de forma paritaria si ello es posible; y no relegar a que uno de los progenitores tenga a sus hijos dos fines de semana al mes, mitad de vacaciones y pueda verlos un día por semana, que es lo que desafortunadamente sucede en la mayoría de los casos. De manera que cuando rompe la relación afectiva entre los progenitores, normalmente los hijos se quedan con uno de ellos y ven en menos ocasiones al progenitor que no tiene la custodia.

 

Sin embargo, para que este sistema de custodia compartida funcione adecuadamente, deben darse unos requisitos de cordialidad, y respeto entre los progenitores que no siempre concurren, por lo que no es un buen sistema de custodia para todos los supuestos, y hay que analizar el caso en concreto de que se trate; y valorar pormenorizadamente todos los factores operables para que esa custodia compartida se desarrolle de forma beneficiosa para los menores, que en definitiva debería ser el objetivo final ( actitud, aptitud, vinculación hijos- padres, domicilios, prácticas anteriores, informes equipo psicosocial, opinión de hijos  – sic Sentencia TS 29/4/2013-).

No consigo entender cómo se puede llegar a la conclusión de que cuando un progenitor ( normalmente el padre) solicita la custodia compartida,  sea para   sufragar una pensión mensual de alimentos más baja a sus hijos; porque lo que yo pienso cuando esto sucede, es que ese progenitor no quiere bajo ningún concepto ver debilitada la relación con su hijo, y quiere participar de forma activa en la vida del mismo, en su día a día, y consolidar una relación paterno-filial fuerte y robusta como la que ese hijo pueda tener con el otro progenitor. No creo que las mujeres seamos mejores madres que los hombres padres, y me remito a lo dicho anteriormente, hay que analizar cada caso en concreto y verificar los datos existentes para lograr el mayor beneficio del menor, dejando a un lado los intentos de los padres de hacerse daño entre sí, pleiteando por la custodia de los hijos; que en muchos divorcios y separaciones, es el motivo primario, y se puede leer perfectamente entre líneas. Otra cuestión distinta, es la existencia o no del Síndrome de Alienación Parental, respecto al que existen varios estudios y que como todo, tiene defensores acérrimos y detractores convencidos. Creo que existe, y que de hecho, en la práctica sucede con habitual frecuencia: el progenitor custodio predispone al hijo en contra del progenitor que no tiene la custodia. Es un proceso que consta de una serie de fases y que fundamentalmente requiere  el factor tiempo para que el progenitor custodio comience su campaña de desprestigio contra el otro progenitor, hasta que el hijo rechace totalmente  la compañía de éste último. Sin embargo, hay que decir que en los Juzgados, tanto mujeres como hombres alegan la existencia de SAP, no sólo las mujeres, porque es un problema que puede plantearse tanto a un padre como a una madre. La vida de los menores no es cuestión de sexos, el género no conlleva ser mejor o peor  progenitor;  y no puede admitirse desde un punto de vista legal ni moral, en la sociedad actual del siglo XXI que la custodia de los hijos quede al amparo del género de sus padres, ni que ciertos sectores defiendan tal aseveración.